Se ha publicado con fecha de hoy
23 de diciembre la RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2021, de la consellera de
Sanidad Universal y Salud Pública, por la cual se publica la Resolución de 20
de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública,
por la que se prorroga y se amplía la Resolución de 25 de noviembre de 2021, de
la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan
medidas en materia de salud pública respecto del acceso a determinados
establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de
la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19. [2021/12936]
La
norma se publica y entra en vigor después de que ayer mismo recibiera el aval de Tribunal
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) al considerarla "proporcionada y
justificada" dado que las cifras de contagios se
han multiplicado desde principios de diciembre y la sexta ola está
ya "sin control". Para intentar cortar la transmisión, el Consell
solicitó ampliar los espacios en los que es exigible el certificado covid y
ahora será en todos los bares y restaurantes, independientemente de su aforo,
en sitios abiertos o cerrados donde se dé servicio de comida como en un cátering
al aire libre; en cines,
circos o sedes festeras que tengan servicio de bar o en los que se coma, aunque
sea con comida traída por las personas; en festivales de música en espacios cerrados
o al aire libre; en lugares como centros de mayores o de convivencia donde haya
servicio de bar y en gimnasios y piscinas cubiertas.
En dicha resolución se recoge:
Primero: Prorrogar la Resolución
de 25 de noviembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud
Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública respecto del
acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana,
como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la
covid-19, hasta las 23.59 horas del día 31 de enero de 2022.
Segundo: Suprimir el mínimo de
cincuenta personas de aforo establecido en el resuelvo primero de la Resolución
de 25 de noviembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud
Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública respecto
del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat
Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por la covid-19, de forma que el certificado de vacunación, prueba diagnóstica
o certificado de recuperación covid-19, se exigirá siempre en los
establecimientos que ordena esta resolución citada.
Tercero: Ampliar los espacios de
exigencia de la presentación del certificado de vacunación, prueba diagnóstica
o certificado de recuperación covid19, en el ámbito de la Comunitat Valenciana,
para mayores de doce años, incluida esta edad, a los siguientes espacios:
a) Lugares cerrados y abiertos
donde se preste servicio de comida o bebida, por empresa de negocio (catering,
self-service...) o por empresa de hostelería y restauración que preste este
tipo de servicio.
b) Cines, salas multifuncionales,
circos y sedes festeras, donde se preste durante el desarrollo de la actuación,
actividad o uso del local, servicio de comida o bebida por establecimiento de
hostelería y restauración, por empresa de negocio (catering, self-service....),
por medios de la propia organización, o se consuma comida o bebida aportados
por las propias personas.
c) Festivales de música que se
celebren en espacios cerrados y en espacios al aire libre donde no sea factible
el uso de mascarilla de forma permanente.
d) Espacios con servicio de
restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas y
centros especializados de Atención a Mayores (CEAM), centros integrales de
Mayores (CIM) y centros asimilados como clubes de convivencia para personas
mayores y similares.
e) Gimnasios donde es necesario
el uso permanente de la mascarilla y piscinas cubiertas.
Respecto de los eventos
deportivos se estará a la ordenación prevista en las resoluciones vigentes
dictadas por la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública en materia de
salud pública, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por la covid-19.
La eficacia y vigencia de esta
resolución será desde las 00.00 horas del día siguiente a su publicación en el
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y hasta las 23.59 horas del día 31
de enero de 2022.
A modo de resumen, así
quedan todas las restricciones que estarán en vigor en Valencia:
Obligación de pedir el
certificado covid para entrar en todos los bares y
restaurantes sean grandes o pequeños y en otros espacios como cines,
gimnasios, piscinas cubiertas o en cualquier acto con comida y bebida entrará
en vigor esta medianoche, en la madrugada del 23 al 24 de diciembre.
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