jueves, 21 de septiembre de 2017

Señor independentista

Hace algunos años, bastantes ya, me nacieron en este país llamado España. Y pese que no pedí nacer en este país, con los años acabé queriéndolo.

No siempre me he sentido orgulloso y hasta en ocasiones he renegado de él. Pero al igual que cuando adolescente, enfadado con mis padres, renegaba de ser su hijo y suspiraba por ser adoptado.

Un país que en ocasiones pienso que necesitamos refundar. Que tenemos mucho que mejorar… cierto, y creo que nadie lo negará. Pero también somos un gran país. Un gran colectivo de personas que luchan a diario por salir adelante, pese a las adversidades.

Si de algo podemos estar orgullosos es de ser un país solidario, como lo prueba que seamos el país con más trasplantes del mundo.

Por eso cuando le veo a usted, señor independentista con DNI español, quemando la bandera que representa ese país en el que me nacieron, me está usted ofendiendo. Al igual que a otros millones de españoles que nos nacieron en este país, sin pedirlo, sintiéndonos orgullos y a veces avergonzados, pero que nada le hemos hecho y que, cuanto menos, merecemos su respeto.

Quemar nuestra bandera, silbar a nuestro himno, es insultar y faltar al respecto de muchas personas que diariamente luchan por sobrevivir y que en nada ha ofendido a usted.

¿Por qué usted tiene derecho a ofenderme y en cambio exige le respetemos unos derechos que de manera unitaria se ha atribuido? ¿Por qué exige lo que es incapaz de respetar en los demás?.

Usted independentista catalán no es distinto a mí. Creo, como supongo usted, en la unión de todos, en el esfuerzo personal y colectivo, y no en la donación y la subvención para conseguir las cosas, pero si en la ayuda al necesitado. Aborrezco, como supongo usted, la manipulación y los engaños de los insaciables “falsos patriotas” de ambos lados (y que en el fondo, son lo mismo).

Estoy, como supongo usted, harto de politiqueo, corrupción, engaños y mentiras, del odio al compatriota y del abuso de poder.

Como ve, no somos tan distintos. Si hace una pequeña reflexión verá que tenemos más cosas que nos unen que las que nos separan.

Y me voy a permitir decirle lo que nos separa. Nos separan unos políticos egoístas y de bajo perfil, que solo se preocupan de sí mismos y que en la confrontación entre hermanos, hayan un resplandor que a nadie deslumbra.

Yo no me siento, ni soy, distinto a usted y por supuesto, no soy su enemigo. Podemos defender posturas diferentes, pero eso no nos hace enemigos, en todo caso adversarios.

Sus insultos a todos los españoles, viéndonos como sus enemigos,  quemando la bandera que cobija a muchos y silbando al himno que significa tanto para otros, solo genera rechazo. Y nada de todo eso legitima su postura, más bien todo lo contrario.

Olvida usted, o mejor dicho, le han negado la posibilidad de percibir, que en la variedad está la riqueza. Esas cosas que en apariencia distinguen catalanes de andaluces, vasco de valencianos o gallegos de murcianos, nos enriquecen como colectivo, como país.

Su idioma, el catalán, me enriquece como español. Pero a su vez, la alegría del andaluz complementa su carácter catalán. La eficiencia de los vascos, beneficia al resto. En definitiva, juntos sumamos, nos complementamos y ganamos.

Tus derechos, son mis derechos. Nuestras leyes, son vuestras leyes.

Apartémonos del abismo que supone vulnerar la ley.

La vulneración del derecho y la ley, la injusticia, la desigualdad y la impunidad son marcas distintivas de nuestro mundo, de su y mi Cataluña y de mí y su España. Siendo responsabilidad de todos los gobiernos actuar para acabar con el abismo que separa lo que se dice de lo que se hace. Siendo responsabilidad de los gobiernos buscar lo que nos une sobre lo que nos separa.

Señor independentista, para finalizar quiero hacer con unas preguntas al aire, que no dejan de ser un intento de reflexión. ¿Si la deriva a la que hemos llegado en Cataluña finalizase con la muerte de alguien que ocurriría? ¿Qué les diríamos a sus familiares? ¿Y si fuese un familiar directo suyo? ¿Un problema como el que se ha creado artificialmente justificaría una muerte?

Sinceramente, desde mi modesto punto de vista, no. Y seguro que en esto tampoco somos diferentes.




20 de septiembre… la ley.


La actuación policial acaecida ayer 20 de septiembre, por orden de un juzgado, concretamente el número 13 de Instrucción de Barcelona, y denominada “operación Anubis” va a suponer un punto de inflexión en el problema catalán. Ha supuesto un golpe de efecto y cambiado la tendencia de cuanto estaba ocurriendo en Cataluña.

En esta operación, por lo que se ha podido saber, la Guardia Civil  se ha incautado de papeletas, censos y afiches publicitarios del ilegal referéndum, cogiendo a toda la cúpula del independentismo catalán con el pie cambiado, por la sorpresiva actuación policial, agravada con una serie de detenciones.

Detenciones policiales, por orden judicial, con el siguiente balance:

Detenidos por sus ideas: 0
Detenidos por ser independentistas: 0
Detenidos por posibles delitos tipificados por ley: 14

Hay que tener muy claro estos datos ante las manifestaciones vertidas por el Sr. Puigdemont e Iglesias, porque en este país, en España, no hay presos políticos.

Me atrevería a decir, con todo el respeto a su memoria que, el último preso político que hubo en España fue Miguel Ángel Blanco.

Desde mi modesto punto de vista esas declaraciones del Sr. Iglesias son de una gravedad extrema. Sabedor, por su preparación academia y como docente, que los detenidos lo han sido primero por una orden judicial y segundo, en calidad de la presunta comisión de un delito de desobediencia, prevaricación, sedición y malversación de fondos públicos. Sus detenciones no han sido por su ideas, como lo prueba la instigación, cánticos y gritos que la gente vertía en la calla ante la actuación de la Guardia Civil.

Y si esto fuese poco motivo de escándalo, no podemos olvidar que este mismo señor (Iglesias) se permite calificar las detenciones efectuados como presos políticos y en cambio se niega a condenar y calificar como tal las detenciones de los miembros de la oposición política en Venezuela. Paradójico.

Lo que ha pasado en este fatídico día es lo normal en un Estado de derecho como es España y que tiene instrumentos para defender la democracia frente a esta técnica golpista posmoderna que ha sido el 'procés'

El Sr. Puigdemont, Junqueras, la Sra. Forcadell, Gabriel y resto de diputados independentistas, fueron quienes hace dos semanas liquidaron en el Parlament, el orden constitucional y estatutario, sin escuchar a los letrados de la Cámara ni el criterio del Consell de Garanties, y pisoteando los derechos de los diputados de la oposición. Fueron ellos y nos otros los que conculcaron la autonomía catalana “de facto”.

Y no será porque no estaban “avisados”  cuando la semana pasada, las cuatro grandes asociaciones de jueces, de signo ideológico diverso, publicaron un comunicado conjunto en el que se afirmaba que el Govern había perdido el carácter de autoridad al rebelarse contra la norma constitucional, por lo que ya “no tiene que ser obedecido”.

Estos mismos jueces también decían otra cosa sobre la que deberían hacer reflexionar las personas que estos últimos días han intentado obstaculizar la labor de la Guardia Civil bajo mandato judicial: la desobediencia que desprecia las normas jurídicas "no es un acto heroico sino totalitario".

No obstante siguen vendiendo victimismo, manipulando y adaptando la realidad a sus intereses. Engañando a los conciudadanos cuando en declaración solemne, el President de la Generalitat (que no Presidente de Cataluña, cargo político que no existe),  se permite calificar lo ocurrido como desmesurado, denunciando la "suspensión del autogobierno" y el "estado de excepción". Algo que como se ha indicado, de haber ocurrido ha sido por su propio proceder. Y persistiendo en su idea de transgredir la ley con la celebración del referéndum.

Olvida el Sr. President de la Generalitat, y resto de acólitos independentistas, donde visto lo visto, incluyo a Pablo Iglesias, Ada Colau y Xavier Domènech, que la Justicia no es un pilar más del Estado de Derecho, es el pilar fundamental de cualquier democracia. Atreviéndome a decir que sin justicia no hay libertad.

La Justicia es la responsable de garantizar la balanza de lo justo, siendo el contrapunto a los eventuales abusos de poder.

La Justicia es la columna vertebral del Estado de Derecho, hoy, mañana y siempre. Basta recordar la máxima del escrito romano Cicerón, cuando sentenció que “somos esclavos de las leyes para poder ser libres”.

Desde la Revolución Francesa que se acuñó el lema de “libertad, igualdad y fraternidad”, el acceso a la aplicación imparcial y eficiente de la ley es una de las bases de una democracia moderna como sistema de gobierno. La premisa de toda democracia es que todo ciudadano es igual a otro en el momento de emitir su voto; de igual forma lo son ante la aplicación de la ley.

No puede existir igualdad en la emisión del sufragio, si no la hay también frente al imperio de la ley. En otras palabras, si no existe justicia no existe democracia.

Por último, recordar a la Sra. Forcadell, que en Cataluña no ha habido un golpe de estado por parte del gobierno de España. Como muy bien dice Josep Borrell “en Cataluña hay un golpe de Estado de un régimen neodictatorial”, como se escenificó el pasado 6 de septiembre en el Parlament de Catalunya.

Y por favor, no insulten la inteligencia de todos los españoles. Lo que ha ocurrido este 20 de septiembre es tan sencillo como que se ha aplicado la Ley. Todos estamos sometidos al imperio de la Ley.



lunes, 18 de septiembre de 2017

España, país de fachas

Pocas veces, por no decir ninguna, en este blog hemos abordado tema político alguno. Pero la gravedad de lo que está ocurriendo en este país, donde se están conculcando el Estado de Derecho, me lleva a la conclusión de que es hora de decir algo. Ahora bien, este articulo tampoco entra en política, voy a intentar “analizar” dos aspectos utilizados por el independentismos, pero desde el punto de vista del derecho. La política la dejo para los políticos.

A los independentistas se les llena la boca de decir que este país, España, “tiene una democracia de baja calidad”. Que “el derecho a la independencia viene recogido por el derecho internacional” (algo totalmente falso y sin apoyatura legal y que posteriormente analizaremos) y algo aún si cabe más grave, si les contradices, lo primero que argumentan es que somos “fachas”. Todos los que no piensan como ellos “son unos fachas”. Acusación muy grave, cuando muchos de nosotros no comulgamos con ningún régimen dictatorial, apelamos al Estado de Derecho y creemos en la palabra por encima de cualquier otra acción.

El Derecho constitucional español no contempla el derecho de secesión de una parte de su territorio. No lo hace nuestro ordenamiento jurídico, ni tampoco el resto de constituciones de los Estados del mundo que podrían servirnos de referencia, salvo el caso de Etiopía y la del Archipiélago de San Cristóbal y las Nieves.

Constitución de Francia, artículo 89: “Ningún procedimiento de revisión puede ser iniciado o llevado adelante cuando se refiera a la integridad del territorio”.

Constitución de Italia, artículo 126: “Se acordarán por decreto razonado del Presidente de la República la disolución del Consejo Regional y la remoción del Presidente de la Junta que hayan realizado actos contrarios a la Constitución o incurrido en violaciones graves de la ley”.

Constitución de Alemania, artículo 21: “Son inconstitucionales los partidos que, según sus fines o según el comportamiento de sus adherentes, tiendan a trastornar o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania”.

Constitución de Noruega, artículo 1: “El Reino de Noruega es un Estado libre, independiente, indivisible e inalienable”.

Constitución de Bulgaria, artículo 3: “Ninguna parte del pueblo, ningún partido político u otra organización, institución estatal o individuo, usurpará el ejercicio de la soberanía popular”.

Constitución de Suiza, artículo 53: “Toda modificación del número de cantones o de su estatus se someterá a la aprobación del electorado y de los cantones afectados, así como al voto del pueblo y de sus cantones”.

Constitución de Lituania, artículo 3: “El pueblo y cada ciudadano tienen el derecho a oponerse a cualquier atentado por la fuerza contra la independencia, la integridad del territorio o el orden constitucional del Estado de Lituania”.

Constitución de Estonia, artículo 2: “El territorio, las aguas territoriales y el espacio aéreo del Estado Estonio son un todo inseparable e indivisible”.

Constitución de Brasil, artículo 1: “Brasil se constituye en un Estado social de derecho, unitario, indivisible y descentralizado en la forma que establecen esta Constitución y las leyes”.

Constitución de Rusia, artículo 4: “La Federación Rusa asegura la integridad e inviolabilidad de su territorio”.

Constitución de Perú, artículo 43: “La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible”.

Corte Suprema de Estados Unidos: “La Constitución, en todas sus disposiciones, vela por una unión indestructible compuesta por estados indestructibles”.

Pero si no fuese todo esto suficiente, el artículo 1.2 del proyecto de Constitución Catalana, dice:

2. La sobirania de l’Estat rau en el poble de Catalunya. (La soberanía del Estado reside en el pueblo de Cataluña)

Es decir, que si un pueblo o una provincia (de Cataluña) se quiere independizar, no basta con que lo decida ese pueblo o provincia porque la soberanía es de TODA Cataluña. Exactamente lo mismo que dice la Constitución, la española, y de un pueblo al que ellos llaman “facha”

A mayor abundamiento el artículo 2 de la ley de referéndum, “aprobada” por el Parlament de Catalunya y suspendida por el Tribunal Constitucional, dice:

El poble de Catalunya és un subjecte polític sobirà i com a tal exerceix el dret a decidir lliure i democràticament, la seva condició política. (El pueblo de Cataluña es un sujeto político soberano y como tal ejerce el derecho a decidir libre y democráticamente, su condición política).

Aún más, artículo 6 de la resolución 1514 de la ONU dice que “todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.”

Uffff, siguiendo el argumentario del independentismo catalán, todo el mundo es facha (ironía).

Por lo que se refiere a la frase de moda del independentismo y del que se les “llena la boca” cuando dicen que “les asiste el derecho internacional”, o “que se han visto obligados a transgredir el derecho español porque les ampara el derecho internacional”, empezar diciendo que esto no existe. No, no existe tal cosa como un “derecho a decidir” en derecho internacional. Se trata de una expresión desconocida, acuñada por el independentismo catalán y sin contenido jurídico.

Por el contrario, lo que sí existe es el derecho a la autodeterminación de los pueblos, que es lo que supongo que el derecho a decidir quiere soslayar sutilmente.

Se ha dicho y explicado por algunos analista y publicado en periódicos, que el derecho a la autodeterminación de los pueblos solo alcanza a los “pueblos y países sujetos a dominación colonial” (Resolución de la Asamblea General de la ONU 1514 (XV) de 1960).

El derecho de autodeterminación de los pueblos se reconoce a la población de los Estados, los fideicomisos y los territorios no autónomos advirtiéndose, en este mismo sentido, que tal derecho no autoriza, ni fomenta "acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial de Estados soberanos e independientes (…) dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color".

Por tanto, no se puede ignorar, salvo que la intención sea confundir, que la regulación internacional del derecho de libre determinación de los pueblos encuentra su verdadera razón de ser en un proceso de descolonización.

Fuera de estos supuestos, sólo sería razonable aceptar la libre determinación en aquellos casos de pueblos anexionados por conquista, dominación extranjera, ocupación o pueblos oprimidos por violación masiva y flagrante de sus derechos. Nada de lo expuesto puede ser, afortunadamente, aplicable a Cataluña.

De cuanto se ha indicado se desprende, por tanto, que el llamado “derecho a decidir” no parece ajustarse ni al derecho interno español ni al internacional al que se pretende apelar, salvo que con esa expresión entrecomillada se esté hablando de otras cosas que ninguna relación guardan con lo jurídico.

Creo que ya es el momento de decir basta de insultos, mentiras, medias verdades, engaños y manipulaciones. 



viernes, 15 de septiembre de 2017

Plazo modificación base de cotización autónomos


Les informamos que, ANTES del 1 de NOVIEMBRE, tienen la oportunidad de MODIFICAR LA BASE DE COTIZACIÓN del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su Edad.

Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2018.

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes a partir 01-07-2017):

Base de cotización
€/mes
Tipo de Cotización
 contingencias comunes
 cobertura IT
Cuota a pagar
€/mes
919,80
- mínima a partir 01-07-2017 -
29,90 % *
275,02
992,10
mínima para trabajadores de 48  o más a 01-07-2017, salvo excepciones
29,90 %
296.64
1.000
29,90 %
299
1.202 
29,90 %
359,40
2.023,50
máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones

29,90 %
605,03
3.751,20
- máxima en 2017 -
29,90 %
1.121,61

 * 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

Asimismo, les recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, con el límite del tope máximo aplicable, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.

Aprovechamos para avanzarles, que la proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, en fase de tramitación en el Senado, tiene previsto aumentar de 2 a 4 el número de veces al año que los autónomos podrán cambiar de base de cotización. Pero esta medida no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2018.

También les informamos que pueden optar por la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y de la protección por cese de actividad antes del 1 de octubre.

Si están interesados en modificar la base de cotización o cuota, y/o optar por las citadas coberturas, les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.



miércoles, 6 de septiembre de 2017

Calendario oficial Comunitat Valenciana de fiestas laborales para el 2018

Les informamos, acerca del CALENDARIO OFICIAL DE FIESTAS LABORALES para el año 2018 en el ámbito de LA COMUNIDAD VALENCIANA, publicado recientemente y, que puede serles de utilidad para confeccionar la previsión de vacaciones u otros períodos de actividad laboral.

Calendario LABORAL - COMUNITAT VALENCIANA - 2018
(DOCV 25-08-2017 Decreto 109/2017)


Calendario de días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables.

DÍA
MES


1
Enero
Año Nuevo
Lunes
19
Marzo
San José
Lunes
30
Marzo
Viernes Santo
Viernes
2
Abril
Lunes de Pascua
Lunes
1
Mayo
Fiesta del Trabajo
Martes
15
Agosto
Asunción de la Virgen
Miércoles
9
Octubre
Día de la Comunidad Valenciana
Martes
12
Octubre
Fiesta Nacional de España
Viernes
1
Noviembre
Todos los santos
Jueves
6
Diciembre
Día de la Constitución
Jueves
8
Diciembre
Inmaculada concepción
Sábado
25
Diciembre
Navidad
Martes



Y con carácter retribuido y recuperable, se establece la siguiente fiesta: 6 de enero (Reyes Magos)