viernes, 24 de marzo de 2017

Cambio base cotización autónomos

Les comunicamos que, antes del 1 de mayo, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según edad.

Si están interesados en modificarla (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2017):

Base de cotización
€/mes
Tipo de Cotización
 contigencias comunes
 cobertura IT
Cuota a pagar
€/mes
893,10
- mínima 2017 – se mantiene la del año 2016
29,90 % *
267,03
963,30
mínima para trabajadores de 48  o más a 01-01-2017,
salvo excepciones
29,90 %
288,02
1.000
29,90 %
299
1.202 
29,90 %
359,40
1.964,70
máxima para trabajadores de 47, 48 años o más,
salvo excepciones

29,90 %
587,44
3.751,20
- máxima en 2017 -
29,90 %
1.121,61

 * 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2017, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.964,70 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2017. 

Si se encuentra en este supuesto y desea cambiar la situación, rogamos nos lo indique con la suficiente antelación.


Todas estas modificaciones tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2017.

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