Objeto: subvenciones
destinadas a fomentar la contratación y el empleo de calidad de colectivos
vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
PROGRAMAS:
· Programa
de fomento de la contratación indefinida
inicial de colectivos vulnerables.
· Programa
de fomento de la contratación de personas con diversidad funcional o enfermedad mental.
Beneficiarios: cualquier
empleador de naturaleza jurídica privada, incluidos los trabajadores autónomos, con ámbito de actuación en
la Comunitat Valenciana.
No
podrán obtener la condición de beneficiario:
a)
las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones
establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General
de Subvenciones; a tal efecto, presentarán la declaración responsable.
b)
las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las
sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad
económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica,
pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
Contrataciones
excluidas:
a) Cualquier modalidad
contractual que no tenga carácter indefinido (esta exclusión no se aplicará al
Programa de fomento de la contratación de personas con diversidad funcional
severa) o que tenga un periodo de prueba igual o superior a 12 meses; los
contratos fijos discontinuos y los contratos de servicio del hogar familiar. Los contratos de apoyo a emprendedores
serán subvencionables si no se pacta periodo de prueba.
b)
Contrato
a tiempo parcial de menos de 30 horas semanales (15 horas en el caso de
personas con diversidad funcional severa), con independencia del porcentaje que
representen sobre la jornada habitual.
c)
Personas
trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral por mutuo acuerdo con
la entidad empleadora en los tres meses previos a la contratación.
d)
Contratos
realizados por empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de la
persona trabajadora en empresas usuarias en las que prestarán sus servicios.
e)
Contratos
realizados por empresas que hubieran sido excluidas como beneficiarias de
programas de empleo.
f)
Contratos
realizados por empresas sancionadas en los dos años anteriores a la
presentación de la solicitud por la comisión de infracciones graves o muy
graves en materia de prevención de riesgos laborales.
g)
Relaciones
laborales de carácter especial del artículo 2.1 del Estatuto de los
Trabajadores.
h)
Contratos
en que el empleador o los cargos directivos o miembros de los órganos de
administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad o de
las entidades privadas sin ánimo de lucro, mantengan con la persona trabajadora
contratada una relación de cónyuge, ascendiente, descendiente o demás
parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, y sus análogas
en el caso de las parejas de hecho.
Programa de fomento
contratación indefinida inicial colectivos vulnerables
Bases: Orden 7/2016 (DOCV
07-07-16) Convocatoria 2017 y Extracto:
Rsl 30-12-16 (DOCV 28-02-17)
Presentación
solicitudes:
se iniciará el día 01-03-2017 y finalizará
el 31-10-2017.
Con
carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en
el plazo específico de dos meses
desde la contratación objeto de la subvención.
Objeto: subvenciones para
fomentar la contratación indefinida
inicial de las personas desempleadas pertenecientes a colectivos
vulnerables, del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
Beneficiarios: cualquier
empleador de naturaleza jurídica privada, incluidos los trabajadores autónomos, con ámbito de actuación en
la Comunitat Valenciana.
Obligaciones del beneficiario (entre otras):
a)
Formalizar los contratos de trabajo por escrito.
b)
Los contratos a jornada parcial deberán recoger expresamente en su clausulado
el número de horas semanales de trabajo
c)
Mantener el empleo creado durante al menos doce meses.
d)
Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá
disminuir la plantilla media de los trabajadores en situación de alta en la
entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas
por la baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por
motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado
improcedente de la persona trabajadora.
e)
Aportar en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento
del contrato, el Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social
relativo a la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta
durante dicho periodo de mantenimiento.
Destinatarios finales: deberán pertenecer en
el momento de su contratación a alguno de los siguientes colectivos vulnerables:
a)
Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los
Servicios Sociales de cualquier administración pública.
b)
Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años.
c)
Personas desempleadas de muy larga duración.
d)
Personas mayores de 50 años.
En
todo caso, las personas destinatarias finales deberán haber permanecido
desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Centros SERVEF de
Empleo hasta su contratación.
Acciones
subvencionables y cuantía:
1)
La
contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas
desempleadas de los colectivos vulnerables mencionados.
2)
El
importe ascenderá a 5.944,68 €
En
el caso de contratación de mujeres o de
personas con diversidad funcional a 7.964,24 €;
En
el caso de contratación de mujeres
víctimas de violencia sobre la mujer o de personas con diversidad
funcional severa a 9.907,80
€.
3)
Los
contratos indefinidos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales
(15 horas semanales en el caso de personas con diversidad funcional severa)
resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la
ayuda.
Condiciones de la
contratación:
La
contratación deberá efectuarse con
posterioridad a la publicación de la presente convocatoria de subvenciones
para el ejercicio 2017.
La
contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla de
personas trabajadoras de la entidad empleadora en comparación con la plantilla
media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días
naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando
el puesto hubiera quedado vacante por la baja voluntaria, muerte, discapacidad
sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por
causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
Programa de fomento
contratación personas con diversidad funcional
Bases: Orden 7/2016 (DOCV
07-07-16) Convocatoria 2017 y Extracto:
Rsl 30-12-16 (DOCV 28-02-17)
Presentación
solicitudes:
se iniciará el día 01-03-2017 y finalizará
el 20-09-2017.
Con
carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en
el plazo de dos meses desde la
contratación objeto de la subvención.
Objeto: la contratación
indefinida inicial de personas con
diversidad funcional o personas con enfermedad o trastorno mental, así como
la contratación temporal y la conversión a indefinido de contratos temporales
de personas con diversidad funcional
severa en el ámbito territorial Comunitat.
Beneficiarios: cualquier
empleador de naturaleza jurídica privada, incluidos los trabajadores autónomos, con ámbito de actuación en
la Comunitat Valenciana.
Obligaciones del beneficiario (entre otras):
a)
Formalizar los contratos de trabajo por escrito.
b)
Los contratos a jornada parcial deberán recoger expresamente en su clausulado
el número de horas semanales de trabajo; los contratos por obra o servicio, su
duración estimada expresada en meses completos.
c)
En los supuestos de contratación indefinida inicial y conversión a indefinido
mantener el empleo creado durante al menos doce meses.
d)
En el supuesto de contratación temporal, mantener el empleo creado durante al
menos el periodo de tiempo establecido en el contrato objeto de subvención.
e)
Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá
disminuir la plantilla media de los trabajadores en situación de alta en la
entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas
por la baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por
motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado
improcedente de la persona trabajadora.
f)
Aportar en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento
del contrato, el Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social
relativo a la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta
durante dicho periodo de mantenimiento.
Personas destinatarias finales:
·
Programa de fomento de la contratación indefinida
inicial son las personas con diversidad funcional: las personas
con un grado de discapacidad reconocido => al 33 %, así como pensionistas de
la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de IPT, IPA o GI; y
pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación
o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Asimismo son
destinatarias del Programa de fomento de la contratación indefinida inicial las
personas con enfermedad o trastorno mental diagnosticado por centros públicos
de salud mental.
·
Programa
de fomento de la contratación de personas con diversidad funcional severa: las personas con un grado de
discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido => al 33 % o con un
grado de discapacidad física o sensorial reconocido => al 65 %. Se entenderá
acreditada una discapacidad intelectual o enfermedad mental igual o superior al
33 % en los casos de incapacidad permanente total o absoluta en que concurra
una discapacidad de carácter psíquico o enfermedad mental y en los casos de
pluridiscapacidad psíquica y física o sensorial igual o superior al 33 %.
·
Salvo
en el supuesto de conversión a indefinido de contratos temporales, las personas
destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como
demandantes de empleo en los Centros SERVEF de Empleo hasta su contratación.
Acciones
subvencionables y cuantía:
1.
En el caso de contratación indefinida inicial a jornada completa de
personas con diversidad funcional o de personas con enfermedad o trastorno
mental:
El
importe de la subvención ascenderá a 7.926,24 €
Si
en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de víctima de la
violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el
importe ascenderá a 9.907,80 euros.
2.
En el caso de contratación temporal a jornada completa de personas con
diversidad funcional severa por un periodo de entre 3 y 9 meses, el
importe de la subvención será el resultado de multiplicar 825,65 € por el
número de meses de mantenimiento del contrato.
3.
En el caso de conversión a indefinido a jornada completa de contratos
temporales de personas con diversidad funcional severa, el importe de la
subvención ascenderá a 9.907,80 €.
4.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales (15 horas
semanales en el caso de personas con diversidad funcional severa) resultarán
subvencionables con reducción proporcional subvención.
5.
El importe acumulado de las subvenciones que se concedan a un empleador por una
misma persona trabajadora no podrá superar el importe de la subvención que, en
proporción a la jornada de trabajo, hubiera correspondido por contratación
indefinida inicial.
Condiciones
contratación:
1.
La contratación o conversión a indefinido deberán efectuarse en 2017, con posterioridad a la publicación de la
presente convocatoria.
2.
La contratación, tanto indefinida como temporal, deberá representar un incremento neto de la plantilla de
personas trabajadoras de la entidad empleadora en comparación con la plantilla
media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días
naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando
el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad
sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o
por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
3.
La conversión a indefinido de
contratos temporales de personas con diversidad funcional severa deberá tener
lugar durante los 6 primeros meses de la relación laboral.