Bases: Decreto 4/2017 (DOCV 04-04-2017)
Convocatoria y Extracto: RSL 20-12-2017(DOCV 27-12-17)
Plazo solicitudes: será desde 28-12-2017 hasta 14-02-2018.
Modelo en el anexo II de la
convocatoria.
Objeto: apoyo a proyectos de inversión, investigación, promoción,
competitividad, sostenibilidad, mejora de la excelencia, difusión de la imagen
de los destinos, promoción y comercialización de servicios y productos
turísticos, puesta en valor de recursos y del conjunto de la oferta turística
de la Comunitat Valenciana
Programa 1: Fomento de la competitividad empresarial.
Programa 2: Apoyo a actividades deportivas y culturales de impacto
turístico internacional.
Programa 3: Impulso al marketing de producto turístico de la
Comunidad Valenciana
PROGRAMA 1: FOMENTO DE LA COMPETIVIDAD
EMPRESARIAL
Objeto: Fomentar la
realización de proyectos tendentes a incrementar la competitividad en el
mercado nacional e internacional, así como combatir la estacionalidad del
producto turístico
Beneficiarios: empresas turísticas, siempre que estén
debidamente inscritas en el Registro General de Empresas, Establecimientos y
Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de
la solicitud.
Se considerarán empresas turísticas, personas físicas o jurídicas propietarias o explotadoras
de establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, bloques o conjuntos de
apartamentos turísticos, alojamientos rurales, de restauración, de turismo
activo, agencias de viaje, de oferta turística complementaria inscritas en el
Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat
Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud.
Asimismo, podrán ser beneficiarias
las empresas gestoras de viviendas
turísticas, siempre que estas sean propiedad de la empresa
explotadora o, no siéndolo, si existe entre titular y empresa explotadora un
acuerdo sobre la obligación de destinar el bien al tráfico turístico durante un
periodo que no podrá ser inferior a cinco años y siempre que tales circunstancias se acrediten adecuadamente
Actuaciones subvencionables: Solo se considerarán inversiones en activos
fijos nuevos.
Cada solicitante podrá presentar una
solicitud por establecimiento para una única actuación.
§ En el Impulso al turismo sostenible y responsable,
mediante:
a) Inversiones dirigidas a la
racionalización del consumo de recursos naturales y la minimización de los
impactos ambientales generados por los establecimientos turísticos valencianos
sobre su entorno, tales como:
Inversiones destinadas a la mejora
de la eficiencia energética e hídrica de los establecimientos turísticos tales
como racionalización en consumos de agua, aire acondicionado, sistemas de
control digital de temperatura y humedad.
Inversiones destinadas a la
reducción del impacto de la actividad turística sobre el entorno: las encaminadas
a la reducción de contaminación acústica, lumínica y atmosférica; emisión de
humos y eliminación de residuos, sistemas de desinfección complementaria de las
conducciones de agua de los establecimientos turísticos.
b) Inversiones en infraestructuras y
equipamientos orientadas a la consecución de un modelo eco-turístico
sostenible.
§ En el Impulso del turismo accesible e inclusivo, mediante:
a) Actuaciones que faciliten la
accesibilidad y uso de los establecimientos turísticos, instalaciones y otros medios a través de los cuales se presta el
servicio, y que tiendan a la igualdad de todas las personas con
discapacidad física, visual, auditiva,
intelectual y orgánica de los clientes, sean cuales sean sus necesidades,
mediante la incorporación de tecnologías dirigidas a atender sus necesidades
b) inversiones en obras o sistemas
que faciliten la accesibilidad a personas con discapacidad por encima de los
requisitos establecidos como obligatorios en la legislación.
§ En el Impulso de la Innovación empresarial, mediante: Actuaciones que faciliten el acceso a las
últimas aplicaciones técnicas utilizables en la industria turística, fomentando
así la innovación en los procesos de negocio y el desarrollo de actividades de
I+D+I tales como aplicaciones para dispositivos móviles enfocados a actividades
turísticas; entornos multimedia y de realidad virtual; programas de
gamificación orientados a incrementar el conocimiento y disfrute de los
recursos y productos; otros elementos tecnológicos encaminados a singularizar
la oferta y mejorar la experiencia turística o el uso de software orientado a
la mejora de la gestión empresarial turística.
§ En la configuración de servicios turísticos innovadores basados en aplicaciones tecnológicas o en modelos de
gestión turística inteligentes, mediante:
a) Implantación de sistemas
interactivos de información turística, tales como: la instalación de pantallas
interactivas en las habitaciones, parcelas, bungalows, apartamentos y en los
puntos de acogida de los establecimientos turísticos; adquisición de Smart TV,
así como Tablets y software de gestión.
b) Instalación de sistemas de
apertura inteligente de puertas.
c) Incorporación de tecnologías en
los establecimientos que permitan la comunicación de voz y datos sin utilizar
cables (WIFI), incluyendo todas las habitaciones, parcelas, bungalows,
apartamentos y zonas comunes.
d) Incorporación de sistemas de
gestión inteligente (domótica) del establecimiento.
e) Incorporación de tecnologías que
permitan la trazabilidad, monitorización y un mayor conocimiento de la demanda
turística a través del manejo y tratamiento de datos mediante técnicas de
análisis estadísticos, soluciones basadas en el modelo de computación de la
nube (cloud computing), tecnologías NFC o soluciones de facturación
electrónica.
Costes subvencionables: los
gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las
actuaciones propuestas, a partir de 01-01-2018.
El coste subvencionable resultará de
la suma de los importes de las partidas del proyecto que, de acuerdo con lo
dispuesto en la presente resolución, puedan ser objeto de ayuda.
El IVA de la actuación podrá formar
parte del coste subvencionable, siempre que sea soportado efectivamente por el
beneficiario y no sea compensable o recuperable, se deberá acreditar.
No resultarán subvencionables: las inversiones en mantenimiento o la mera sustitución
de los equipos y las instalaciones que no supongan una mejora sustancial del
rendimiento energético o una reducción del consumo de recursos, un avance tecnológico o un incremento de la
seguridad en la prestación de los servicios turísticos.
Cuantía: será la cantidad que
resulte de aplicar un porcentaje entre el 45 % y 50 % sobre el coste subvencionable.
El importe de la subvención no superará los 40.000 euros por establecimiento.
No se contemplarán ayudas para
proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros salvo en el
caso de proyectos presentados por empresas de turismo activo para los que queda
establecido en 3.000 euros.
PROGRAMA 2: APOYO A ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y
CULTURALES DE IMPACTO TURÍSTICO INTERNACIONAL
Objeto: Incentivar el
desarrollo de actividades deportivas y culturales en la Comunitat Valenciana de
impacto internacional y que favorezcan la generación de flujos turísticos hacia
nuestro destino, contribuyendo a la creación de producto turístico singular y a
la desestacionalización de la actividad
turística.
Beneficiarios: Federaciones,
fundaciones, asociaciones y empresas organizadoras de actividades deportivas y
culturales de interés turístico que se celebren en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones subvencionables: Cada
solicitante podrá presentar una solicitud para una única actuación, entre las
que se relacionan a continuación:
1. Festivales de música de carácter
internacional que se celebren en la Comunitat Valenciana.
2. Campeonatos, pruebas,
concentraciones y eventos deportivos de impacto internacional que se celebren
en la Comunitat Valenciana.
3. Otros festivales y eventos
culturales de impacto internacional vinculados a las artes escénicas que se
celebren en la Comunitat Valenciana.
Las ayudas irán destinadas a
financiar la promoción y la difusión de la actividad subvencionada en mercados
nacionales e internacionales, vinculando necesariamente esta con la promoción y
difusión de la oferta turística del destino Comunitat Valenciana, así como
parte de los gastos de la organización de la actuación objeto de la subvención.
Las solicitudes relativas a
festivales de música de impacto internacional que se acojan a este programa no
serán compatibles con las contempladas en el programa 3 (Impulso al marketing
de producto turístico de la Comunitat Valenciana) de esta convocatoria.
Las actividades subvencionables son:
a) Campañas de publicidad en medios
de comunicación on y off-line.
b) La publicidad a través de otros
soportes de difusión.
c) Gastos concretos de la
organización de la actuación subvencionable.
Las actividades subvencionables
serán las que se realicen entre el 01-01-2018 y el 31-12-2018.
Costes subvencionables: los
gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las
actividades propuestas, a partir de 01-01-2018.
Cuantía: será la cantidad que resulte
de aplicar un porcentaje entre el 30 % y el 50 % sobre el coste subvencionable.
El importe de la subvención no
superará los 50.000 euros por proyecto subvencionado.
No se contemplarán ayudas para
proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros.
PROGRAMA 3: IMPULSO AL MARKETING DE PRODUCTO
TURÍSTICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA
Objeto: Incentivar el
desarrollo de proyectos que contribuyan a introducir en el mercado nuevos
productos turísticos de carácter desestacionalizador y base experiencial para
diversificar la oferta, su promoción y
comercialización. Estas acciones deberán suponer una diferenciación y/o
diversificación de la oferta de la Comunitat Valenciana que favorezca la
desestacionalización, sostenibilidad y vertebración de la actividad turística
Beneficiarios: asociaciones y
empresas, que desarrollen actuaciones de promoción y comercialización de
productos turísticos de la Comunitat Valenciana.
Actuaciones subvencionables: Cada
solicitante podrá presentar una solicitud para un único proyecto cuyas
actuaciones subvencionables podrán ser una o varias entre las que se relacionan
a continuación:
a) Campañas de publicidad en medios
de comunicación on y off line.
b) Creación de soportes o canales de
difusión multiidioma.
c) Gastos de participación en ferias
o acciones promocionales promocionales y misiones comerciales.
d) Gastos derivados de la
contratación de asistencia técnica externa para impulsar para impulsar el
posicionamiento, la promoción y comercialización de productos turísticos de la
Comunitat Valenciana.
La actuación subvencionable deberá
tener por objeto el posicionamiento, la promoción, distribución o
comercialización de productos turísticos especializados, segmentados y de base
experiencial y serán las que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de
diciembre de 2018.
Costes subvencionables: los
gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las
actuaciones propuestas, a partir de 01-01-2018.
Cuantía: será la cantidad que
resulte de aplicar un porcentaje entre el 65 % y el 70 % sobre el coste
subvencionable. El importe de la
subvención no superará los 15.000 euros por proyecto subvencionado.
No se contemplarán ayudas para
proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 3.000 €.
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