Bases:
Orden 19/2016 (DOCV 25-10-16) Extracto y Convocatoria: Rsl 21-02-2018
(DOCV 02-03-2018)
PLAZO
SOLICITUDES: se iniciará el 03-03-2018 y finalizará el 20-04-2018 a las 23.59.59 h.
Modelos
normalizados www.ivace.es. Por vía electrónica.
OBJETO:
impulsar actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos
renovables y fomentar el uso de los biocarburantes, en el marco del Plan de
Energía Sostenible de la Comunitat Valenciana 2020 (PESCV2020) así como del
Plan de Energías Renovables (PER) 2011-2020.
BENEFICIARIOS: cualquier entidad o persona jurídica, de
naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad
jurídica, las comunidades de bienes,
así como los empresarios individuales,
dependiendo de lo establecido en el anexo para cada programa y actuación
apoyable.
Quedan excluidas las comunidades de regantes como beneficiarias de las
actuaciones de energía solar fotovoltaica (aislada de la red), instalaciones
mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red) y energía eólica (aislada de
la red). No podrán ser beneficiarios
las empresas de servicios energéticos (ESE), entendida como tales aquellas
personas jurídicas que proporcionen servicios energéticos en las instalaciones
o locales de un usuario y afronten cierto grado de riesgo económico al hacerlo,
excepto en el caso en que se lleven a cabo instalaciones centralizadas de
producción y distribución de energía térmica destinadas a suministrar a más de
un usuario.
ACTUACIONES
APOYABLES: ANEXO I
Solo
se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas y que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso
previo, y en todo caso el importe de las
ayudas será independiente de la producción.
No
serán subvencionables aquellas instalaciones que sean de
carácter obligatorio en virtud de la aplicación del Real Decreto 314/2006 por
el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. No obstante, en los
casos en que en virtud del citado código resulte obligatoria la realización de
una instalación de aprovechamiento de energías renovables y la instalación
realizada supere justificadamente dicha obligación, se podrá subvencionar la
instalación en los casos y porcentajes que estime la IVACE.
No se considerará coste
subvencionable:
El
IVA satisfecho por la adquisición de bienes y servicios facturados y, en
general, cualquier impuesto pagado.
Los
gastos financieros consecuencia de la inversión, los de personal propio y los
de adquisición de inmuebles y terrenos.
En
general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no
tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos energéticos de la
inversión, siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso
de controversia.
Tipo de ayuda: Las
ayudas que se establecen tendrán la consideración de subvención, y tendrán una
intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto. No obstante,
la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para
las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las
ayudas a las pequeñas empresas,
ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo
de lucro respecto de sus actividades no económicas.
ANEXO
I. Actuaciones en materia de energías renovables y biocarburantes apoyables
1.
IMEREE - Energía solar térmica: entre
otras,
Instalaciones
para producción de agua caliente sanitaria y/o calefacción.
Instalaciones
para calentamiento de piscinas cubiertas.
Instalaciones
para producción de energía térmica para aplicaciones en empresas o enprocesos
industriales.
Captadores
solares para calentar fluidos
Aplicaciones
especiales de refrigeración
Proyectos
innovadores
2.
IMEREH - Energía solar fotovoltaica aislada o IMERW - mixta
eólica-fotovoltaica aislada.
- Generación
de energía eléctrica a partir de la radiación solar, a través de módulos
fotovoltaicos, o a partir de la energía del viento, mediante aerogeneradores,
para consumo aislado de la red eléctrica de distribución (con o sin acumulación
de energía eléctrica) para aplicaciones de:
-
Electrificación
de viviendas, instalaciones turísticas, refugios, masías, etc.
-
Iluminación
con farolas autónomas.
-
Instalaciones
agrícolas o ganaderas: bombeo de agua, sistemas de riego, electrificación
granjas, etc.
-
Instalaciones
de señalización y comunicación.
-
Otras
específicas: protección catódica, oxigenación de agua, alimentación de
vehículos eléctricos, generación de hidrógeno, etc.
-
Rango
energético: se apoyarán las instalaciones no conectadas a red con potencia
fotovoltaica instalada igual no inferior
a 0,5 kWp y no superior a 500kWp.
Solo se considerarán apoyables las
instalaciones destinadas a proporcionar energía eléctrica a consumos aislados
de la red electrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable
desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.
3.
IMEREK - Energía eólica aislada.
Instalaciones eólicas de pequeña potencia,
destinadas a las mismas aplicaciones indicadas para la actuación de
fotovoltaica aislada.
Rango
energético: se apoyarán las instalaciones no conectadas a red con potencia no
inferior a 0,5 kW y no superior a 500
kW.
4.
BIOMASA
IMEREN
- Biomasa térmica,
IMERET
- instalaciones híbridas solar
térmica/biomasa térmica.
IMEREQ
– Biomasa . Equipos tratamiento en campo y cisternas reparto,
IMEREU
– Biomasa (plantas de producción de pellets/briquetas/astillas
5.
IMEREV - Biogás térmico.
- Equipos para producción de energía térmica o
eléctrica, mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por
digestión anaerobia de residuos biodegradables, de cualquier rango energético.
- Equipos para la producción de biogás o gases
asimilables, obtenidos a partir del proceso de digestión anaerobia de residuos
biodegradables, para su distribución y/o venta embotellado o a granel.
- Equipos
para la producción y depuración
(upgrading) de biogás/ biometano,
incluyendo la infraestructura de
conexión, para su inyección a la red pública de distribución de gas
natural, en los casos en que sea viable técnica y legalmente.
6.
IMEREA - Energía Geotérmica.
Aprovechamiento
de los yacimientos geotérmicos.
Aprovechamiento
de energía térmica para redes de distrito.
Aprovechamiento
de la energía térmica para agua caliente sanitaria o climatización utilizando
bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sean de circuito abierto o
cerrado, tanto para instalaciones existentes que se reformen, como para
instalaciones nuevas.
7.
IMEREC – Energía Minihidráulica.
8.
AVBIFA – Biocarburantes (instalación o adaptación de surtidores) y AVBIFB – biocarburantes
(plantas de producción).
Instalación
de surtidores en estaciones de servicio o para abastecimiento de flotas, para
su consumo en el sector transporte, de mezclas de biodiesel, bioetanol, biometano
o biocarburantes asimilables, puros o con mezclas con obligación de etiquetado
específico.
Adaptación
de surtidores existentes en estaciones de servicio o para abastecimiento de
flotas, para su consumo en el sector transporte, de mezclas de biodiesel,
bioetanol, biometano o biocarburantes asimilables, puros o con mezclas con
obligación de etiquetado específico.
Plantas
de producción de biodiesel o bioetanol o biocarburantes asimilables siempre que
se trate, en todos los casos, de biocarburantes de 2.ª generación obtenidos a
partir de residuos.
Parques
de almacenamiento para distribución de biocarburantes.