miércoles, 14 de marzo de 2018

Ayudas para Certificación de I+D+i (CERTIFICA-CV) 2018 Comunitat Valenciana - resumen


Bases: Orden 27/2016 (DOCV 29-11-16) Convocatoria 2018 y extracto: RSL 14-02-18 (DOCV 01-03-18)

Plazo solicitudes: iniciará el día 02-03-2018 y finalizará el 22-03-2018 a las 23.59.59 horas.

La solicitud se presentará en el registro telemático de IVACE,  página web http://www.ivace.es.

El proyecto deberá iniciarse con posterioridad al 01-01-2018 y finalizar antes del 31-12-2018.

Objeto: convocar la concesión por el IVACE de subvenciones vinculadas a proyectos de Certificación de I+D+i (CERTIFICA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2018.

Beneficiarios: las pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 la Ley 38/2003, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos.

Actuaciones apoyables: El IVACE subvencionará la obtención de certificados en materia de I+D+i emitidos por empresas o entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para los proyectos concretados en la Memoria presentada por los solicitantes, siempre que reúnan los requisitos previstos. Serán susceptibles de apoyo los certificados encuadrados en alguna las actuaciones que a continuación se relacionan:

a) Actuación 1. Certificación de proyectos de I+D+i, desarrollados por las empresas beneficiarias a efectos de deducción fiscal según art. 35 Ley 27/2014, se distinguirá entre las siguientes tipologías:
– Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución.
– Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución con personal de I+D en exclusiva.
– Certificado de muestrarios o de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto de animación o videojuegos.
– Certificado de proyecto de contenido y ejecución con ex ante previo o seguimiento.
– Certificado de proyecto ex ante.

b) Actuación 2. Certificación de la dedicación exclusiva del personal a tareas de I+D+i según el Real decreto 475/2014, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.

c) Actuación 3. Certificación de la capacidad de innovación a través de las siguientes normas reconocidas por el Ministerio de Economía, Industria y competitividad:
– Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043.
– Certificación de PYME Innovadora, según la Especificación AENOR EA0047.
– Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i».

Costes subvencionables: los costes de la certificación realizada por empresas o entidades acreditadas por ENAC.  

No se considerarán subvencionables los bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del art. 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006.

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.

Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención del coste de la certificación realizada por empresa o entidad acreditada por ENAC, con las siguientes limitaciones en función del tipo de certificado:

Actuaciones 1 y 2. Subvención a fondo perdido de hasta un 60 % del coste del certificado, máx. 3.000 €.
Actuación 3. Subvención a fondo perdido de hasta un 75 % del coste del certificado, máx. 1.000 €.

Plazos de ejecución, justificación y de validez de justificantes de gasto y pago.

a) La certificación objeto de la subvención deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.
b) Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior.
c) Se admitirán los pagos realizados hasta la fecha de justificación del proyecto.
d) La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 5 de febrero de 2019.




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