Se ha
publicado la Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible,
Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de Valencia, por la que se dispone el
registro, depósito y publicación del calendario laboral para el año 2021 del
convenio colectivo provincial de la Construcción y Obras Públicas.
Salvo pacto en contrario entre empresa y trabajadores, que podrán establecer el calendario que libremente convengan, las partes firmantes están de acuerdo en que, sin perder su carácter laboral para futuros acuerdos, se consideran como no laborables para el año 2021, los siguientes días, a efectos de asegurar el cumplimiento de la actualmente vigente jornada anual de 1.736 horas.
- 4 y 5 de enero
- 17 de marzo
- 1 de abril
- 24 y 25 de junio
- 11 de octubre
- 7, 24, 30 y 31 de diciembre
Como consecuencia de lo previsto en el artículo 6º del Convenio, se considera festivo el día 18 de marzo.
En el supuesto de que las fiestas locales se celebren en sábados, domingos o festivos, se considerará día no laborable el anterior o posterior a ellos.
A efectos del cómputo de la jornada anual se ha tenido en consideración que las vacaciones anuales se computan en 21 días laborables.
En virtud de lo establecido en el artículo 15 apartado A) del texto del Convenio, los días laborables que no se trabajen para evitar exceder la jornada en cómputo anual, serán remunerados asimismo con el complemento de actividad.
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