viernes, 13 de enero de 2017

Ayudas para proyectos de Digitalización de Pyme (DIGITALIZA-CV). Comunidad Valenciana

Convocatoria/extracto: Rsl 19-12-16 (DOCV29-12-16)

Plazo solicitudes: se iniciará el día 17-01-2017 y finalizará el 09-03-2017 a las 24 horas.

La tramitación del procedimiento será telemática.

Objetivo: incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC.

Beneficiarios: las pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos un trabajador consignado en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda, siendo computables a estos efectos los trabajadores cooperativistas en el caso de las solicitudes presentadas por cooperativas, y que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el art. 13.2. Ley 38/2003.

Requisitos: Deberán estar encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes CNAE 2009:

a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
b) Sección H-Divisiones 49 a 53.
c) Sección J-Divisiones 58 a 63.
d) Sección M-Divisiones 69 a 74. 3.

No podrán obtener la condición de empresa beneficiaria:
a) asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, agrupaciones sin ánimo de lucro.
b) Las empresas excluidas del ámbito de aplicación (art. 1) del Reglamento (CE) Núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, concretamente y sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 de dicha disposición:

– Operen en los sectores de la pesca y la acuicultura regulados por el Reglamento (CE) núm. 104/2000 del Consejo (DO L17, de 21.01.2000, p. 22).
– Estén dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

Actuaciones apoyables. Requisitos generales de los proyectos

Los proyectos de digitalización concretados en la Memoria, que consistirán en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización, relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Sistemas de información basados en modelos web 2.0. o evoluciones posteriores de gestión de relaciones de la cadena de valor, de gestión del ciclo de vida de productos y servicios o economía circular.

ü  Aplicaciones que faciliten la interoperabilidad o cuenten con funcionalidades para compartir información o desarrollar trabajo colaborativo en el ámbito de las relaciones de la cadena valor horizontal y vertical.
ü  Aplicaciones de gestión del ciclo de vida de productos que cuenten con funcionalidades para compartir información o desarrollar trabajo colaborativo o permitan la interoperabilidad, incluyendo entre ellas sistemas CAD, CAM, CAE, PDM, DMF y soporte remoto de productos.
ü  Aplicaciones que faciliten la interoperabilidad o cuenten con funcionalidades para compartir información o desarrollar trabajo colaborativo destinadas a actuaciones basadas en la economía circular.

b) Control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso.

ü  Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual con aplicación en este tipo de actuaciones. Sistemas de control numérico, sistemas MES. Sistemas SCADA.
ü  Aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo.
ü  Sistemas de automatización avanzados: sistemas robóticos, sistemas de visión artificial y sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
ü  Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
ü  Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos. Implantación de PLC.

c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa:

ü  Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, incluyendo entre otras ERP, y aplicaciones de Business Intelligence.
ü  Aplicaciones de gestión logística interna y externa, incluyendo entre otras, aplicaciones SMC, MRP y CRM.

d) Sistemas de comunicación avanzados relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones: dispositivos y aplicaciones de telecomunicación, soluciones basadas en cloud computing, aplicaciones big data, soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones, soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad. En todos los casos estarán relacionados con actuaciones como las descritas en los apartados 2.a, 2.b o 2.c de este artículo, realizadas por la empresa dentro del proyecto objeto de apoyo o ya desarrolladas con anterioridad.

- El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 12.000 €, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor. Para los proyectos cuyo presupuesto subvencionable supere los 80.000 € se limitará a esta cantidad el importe base para calcular la subvención de la forma prevista en el art. 5.1 (cuantía).

Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los 5 años siguientes al pago de la subvención. Este requisito se incumplirá si se incurre en cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) El cese –salvo en los casos de quiebra no fraudulenta– o la relocalización de la actividad productiva fuera de la Comunitat Valenciana.
b) El cambio en la titularidad de la inversión que proporcione a una empresa o un organismo público una ventaja indebida.
c) Un cambio sustancial que afecte a la naturaleza, los objetivos o las condiciones de ejecución, del proyecto de modo que se menoscaben sus objetivos originales.

- Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante en la presente convocatoria.

- El proyecto deberá ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada ’Red Natura’, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea. La tramitación para obtener el mencionado certificado la realizará el IVACE basándose en la información del proyecto aportada por la empresa solicitante.

Costes subvencionables:

a)    Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos. Licencias de software. Desarrollo de aplicaciones a medida.  Costes por uso de soluciones y aplicaciones (SaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto.
b)   Adquisición de activos materiales: Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Adquisición o adaptación de bienes de equipo directa y exclusivamente relacionados con las actuaciones recogidas en el artículo 3.2.b. Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiara en la Comunitat Valenciana.
c)    Servicios externos: servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, desarrollo e implantación de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15 % del coste subvencionable total o 12.000 euros.

- En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.

Cuantía: subvención de hasta el 25 % de los costes considerados como subvencionables. La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 € durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.

Plazos:
a) El proyecto deberá iniciarse dentro del ejercicio 2017 y finalizar antes del 31-12-2017.
b) Serán elegibles los gastos realizados desde el 01-01-2017, siempre que sean posteriores al comienzo del proyecto, hasta el 31 de diciembre de 2017.
c) Se admitirán los pagos realizados hasta el 06-02-2018 y como máximo hasta la fecha de justificación del proyecto.
d) La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 06-02-2018.


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