jueves, 24 de enero de 2019

Ayudas 2019 a empresas para proyectos de I+D y de innovación. Comunitat Valenciana – resumen


Bases: Orden 27/2016 (29-11-2016) modif. orden 17/2018 (DOCV 25-10-2018)

Convocatoria y extracto: RSL 13-12-2018 (DOCV 26-12-2018)


Plazo solicitudes: se iniciará el día 15-01-2019.
Finalizará a las 23.59.59 horas del 21-02-2019 programas PIDI-CV y PIDCOP-CV
Finalizará a las 23.59.59 horas del 26-02-2019 programa de Innovación de Pyme (INNOVA-CV). 

La tramitación del procedimiento será telemática. La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web http://www.ivace.es.

Objeto: convocar la concesión por el IVACE de subvenciones a empresas para proyectos de I+D e innovación para el ejercicio 2019 encuadrados en los siguientes programas:

–Ayudas para proyectos de I+D de Pyme (PIDI-CV)
–Ayudas para proyectos de I+D en Cooperación (PIDCOP-CV)
–Ayudas para proyectos de Innovación de Pyme (INNOVA-CV). Éste a su vez comprende cuatro actuaciones:

Ayudas para proyectos de Innovación de producto (INNOVAProD-CV)
Ayudas para proyectos de Innovación de proceso (INNOVAProC-CV)
Ayudas para proyectos de Adaptación a industria 4.0 (INNOVAi4.0-CV)
Ayudas para proyectos de Innovación en TEICs (INNOVATeiC-CV)

Plazos:

Para las ayudas concedidas en el marco de PIDI-CV y de PIDCOP- CV:

–El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre la fecha de solicitud y el 30 de junio de 2020, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible.
–Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior.
–Sólo se admitirán los pagos realizados con posterioridad a la fecha de solicitud y hasta la fecha de justificación del proyecto.
–La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 6 de octubre de 2020.

Para las ayudas concedidas en el marco INNOVA-CV

–El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 01-01-2019 y el 30-06-2020, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible.
–Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior.
–Se admitirán los pagos realizados con posterioridad al 1-01-2019 y hasta la fecha de justificación del proyecto.
–La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 7 de octubre de 2020.

Ayudas para proyectos de I+D de Pyme (PIDI-CV)

Beneficiarias: pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda,

Requisitos generales de los proyectos (entre otros):

-El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá estar comprendido entre 30.000 euros y 175.000 euros. No serán tomados en consideración los proyectos cuyo presupuesto subvencionable no esté incluido entre estos límites.
-Los proyectos deben iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Cuantía: subvención calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa: Pequeña empresa: hasta el 45 % y Mediana empresa: hasta el 35 %

Costes subvencionables: Servicios externos, Adquisición de patentes y licencias, gastos del personal propio, Materiales, Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.

Ayudas para proyectos de I+D en Cooperación (PIDCOP-CV)

Objeto: Realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación entre varias empresas, constituidas como agrupación para el desarrollo del proyecto común.

Beneficiarias: pymes y grandes empresas, con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativas consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda y que, integradas en una forma de agrupación creada con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa, cumplan con el resto de requisitos establecidos

Requisitos generales de los proyectos (entre otros):

-   El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá estar comprendido entre 80.000 euros y 500.000 euros y para su cómputo deberá considerarse la suma de importes susceptibles de subvención del consorcio. No serán tomados en consideración los proyectos cuyo presupuesto subvencionable no esté incluido entre estos límites.
Los proyectos deberán inicarse con posterioridad ala fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Costes subvencionables: Servicios externos, Adquisición de patentes y licencias, gastos del personal propio, Materiales, Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.

Cuantía: consistirá en una subvención calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

–Pequeña empresa: hasta el 60 %, Mediana empresa: hasta el 50 % y Gran empresa: hasta el 40 %

La intensidad de la ayuda se determinará para cada una de las empresas integrantes del consorcio.

Ayudas para proyectos de Innovación de Pyme

§  Actuación de innovación del producto (INNOVAProD-CV)

Objeto: Proyectos de Innovación en el desarrollo de nuevos productos que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Beneficiarias: pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o  cooperativistas, consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda, todo ello siempre que no incurran en alguna  de las prohibiciones que se establecen en el art.13.2 ley 1/2003, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 31 de las bases reguladoras.

Las empresas beneficiarias desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 de CNAE 2009.

Actuaciones apoyables: tendrán como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.

Requisitos generales proyectos  (entre otros)

-El proyecto deberá significar un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto no realizado con anterioridad.
-El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.
-Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.
-Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 01-01-2019.

Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

–Pequeña empresa: hasta el 45 %.
–Mediana empresa: hasta el 35 %.
con un máximo de ayuda de 135.000 euros en cualquier caso

§  Actuación de Innovación de proceso (INNOVAProC-CV)

Objeto: Proyectos de Innovación para el desarrollo de nuevos procesos que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Beneficiarias: pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o  cooperativistas, consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda, todo ello siempre que no incurran en alguna  de las prohibiciones que se establecen en el art.13.2 ley 1/2003, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 31 de las bases reguladoras.

Las empresas beneficiarias deberán desarrollar actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, de (CNAE 2009).

Actuaciones apoyables: consistirán en la realización de acciones bajo una de estas tipologías:

a) Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.

b) puesta en marcha o readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia, con objetivo de:

–Obtener productos y servicios basados en el ecodiseño.
–Incorporar tecnologías ecoeficientes.
–Realizar una utilización eficiente de recursos.
–Facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.
–Garantizar la trazabilidad del producto

Será necesario que la propuesta defina un proyecto de puesta en marcha o readaptación de procesos para implementar este tipo de medidas. No se consideran apoyables en esta convocatoria proyectos de inversión en equipamiento, actualización tecnológica de proceso, ni de eficiencia energética.

Requisitos generales de los proyectos (entre otros)

-El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 12.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.
-Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los 5 años siguientes al pago de la subvención.
-Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 01-01-2019.

Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

–Pequeña empresa: hasta el 45 %.
–Mediana empresa: hasta el 35 %.
con un máximo de ayuda de 135.000 euros en cualquier caso

§  Actuación de Adaptación a la industria 4.0 (INNOVAi4.0-CV)

Objeto: Proyectos de transformación digital para la implantación de la industria 4.0 que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Beneficiarias: pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o  cooperativistas, consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda, todo ello siempre que no incurran en alguna  de las prohibiciones que se establecen en el art.13.2 ley 1/2003, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 31 de las bases reguladoras.

Las empresas beneficiarias deberán desarrollar actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, de (CNAE 2009).

Actuaciones apoyables: Los proyectos contemplarán la transformación digital de las empresas beneficiarias mediante la integración de tecnologías digitales, de nueva incorporación en el proyecto o previamente existentes en la empresa, trabajando simultáneamente en las siguientes áreas:

–Hibridación del mundo físico y digital. Entre otras, sensórica avanzada, dispositivos micro/nano electrónicos, sistemas ciberfísicos, tecnologías de interacción hombre – máquina, tecnologías de geolocalización, tecnologías de visualización avanzada.
–Comunicación y tratamiento de datos. Entre otras, redes de telecomunicaciones, ciberseguridad, IoT, computación en la nube.
–Procesamiento inteligente de la información digital, incluyendo, entre otras, analítica «big data», minería de datos, integración de datos, business intelligence e inteligencia artificial.

Su resultado deberá ser la puesta en marcha de nuevas soluciones en alguno de los siguientes ámbitos: entre otros, virtualización, simula ción de procesos, sistemas de fabricación avanzada (fabricación aditiva, láser,…), robótica autónoma/colaborativa, operaciones asistidas por realidad aumentada/virtual, aprendizaje de patrones de funcionamiento, toma automática de decisiones, integración horizontal y vertical de procesos, nuevos productos/servicios basados en la interconexión digital,.

* Para proyectos que no tengan el alcance exigido en este programa, pero puedan ser viables en la convocatoria del programa DIGITALIZA- CV, se podrá proceder al traslado del expediente a esta convocatoria, previa conformidad de la empresa solicitante, siempre que los plazos de instrucción de las convocatorias lo permitan.

Requisitos generales de los proyectos (entre otros):

-El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 30.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.
-Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.
-Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 01-01-2019.

Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

– Pequeña empresa: hasta el 45 %.
– Mediana empresa: hasta el 35 %.
con un máximo de ayuda de 180.000 euros en cualquier caso

§  Actuación de Innovación en TEICs (INNOVATeiC-CV)

Objeto: Proyectos de Innovación en el desarrollo de soluciones TEICs, que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Beneficiarias las pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, excepto las que desarrollen actividades financieras o inmobiliarias, siempre que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2. de la Ley 38/2003, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los art.s 4 y 31 de bases reguladoras

Actuaciones apoyables: tendrán como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.

El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización. Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.

Las soluciones que requieran un proceso de personalización se podrá considerar que se encuentran preparadas para su comercialización cuando este proceso no suponga la incorporación de nuevas funcionalidades y la personalización sea una de las características del producto y esté prevista en las condiciones de su comercialización.

Requisitos generales de los proyectos  (entre otros)

-El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad.
-El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros, por lo que no serán tomados en consideración los proyectos con un presupuesto menor.
-Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los 5 años siguientes al pago de la subvención.
-Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 01-01-2019.

Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
–Pequeña empresa: hasta el 45 %.
–Mediana empresa: hasta el 35 %.
con un máximo de ayuda de 135.000 euros en cualquier caso




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