Bases: Decreto 4/2017 (DOCV 04-04-2017) Convocatoria y Extracto: RSL 21-12-2018 (DOCV 03-01-2019)
Plazo solicitudes: se iniciará el 15-01-19 y finalizará el día 15-02-2019. A las 23.59.59h (hora oficial
peninsular española)
El acceso a la
tramitación telemática puede hacerse bien desde la Sede Electrónica de la
Generalitat https://sede.gva.es, apartado «Servicios on-line», o bien
directamente al enlace que aparece en el trámite de la Guía Prop
correspondiente a cada uno de los programas de ayudas.
Objeto: apoyo a proyectos de
inversión, investigación, promoción, competitividad, sostenibilidad, mejora de
la excelencia, difusión de la imagen de los destinos, promoción y
comercialización de servicios y productos turísticos, puesta en valor de
recursos y del conjunto de la oferta turística de la Comunitat Valenciana
Programa 1: Fomento de la
competitividad empresarial.
Programa 2: Apoyo a actividades
deportivas y culturales de impacto turístico internacional.
Programa 3: Impulso al marketing
de producto turístico de la Comunidad Valenciana
Programa 4: Impulso a las actividades musicales de
impacto turístico.
Importe
máximo
de la ayuda global por beneficiario de los programas será de 100.000 €
PROGRAMA
1. FOMENTO DE LA COMPETIVIDAD EMPRESARIAL
Objeto:
Fomentar la realización de proyectos tendentes a incrementar la competitividad
en el mercado nacional e internacional, así como combatir la estacionalidad del
producto turístico
Beneficiarios: empresas turísticas, siempre que estén debidamente inscritas en el
Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la
Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud.
Se considerarán
empresas turísticas,
personas físicas o jurídicas propietarias o explotadoras de establecimientos
hoteleros, campamentos de turismo, bloques o conjuntos de apartamentos
turísticos, alojamientos rurales, de restauración, de turismo activo, agencias
de viaje, de oferta turística complementaria inscritas en el Registro de
turismo de la Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las empresas gestoras de viviendas turísticas, siempre que estas
sean propiedad de la empresa explotadora o, no siéndolo, si existe entre
titular y empresa explotadora un acuerdo sobre la obligación de destinar el
bien al tráfico turístico durante un periodo que no podrá ser inferior a cinco
años y siempre que tales circunstancias se acrediten adecuadamente.
Actuaciones
subvencionables: Solo se considerarán
inversiones en activos fijos, que
supongan una mejora o innovación sobre los requerimientos mínimos a los que las
empresas están sujetas por ley.
Cada solicitante podrá
presentar una solicitud por establecimiento para un único tipo de actuación
entre:
En el
Impulso al turismo sostenible y responsable, mediante:
a) Inversiones
dirigidas a la racionalización del consumo de recursos naturales y la
minimización de los impactos ambientales generados por los establecimientos
turísticos valencianos sobre su entorno, tales como:
Inversiones destinadas
a la mejora de la eficiencia energética hídrica de los establecimientos
turísticos racionalización en consumos de agua en las instalaciones.
Inversiones destinadas a la reducción del impacto de la
actividad turística sobre el entorno: las encaminadas a la reducción de
contaminación acústica, lumínica y atmosférica; emisión de humos y eliminación
de residuos, sistemas de desinfección complementaria de las conducciones de
agua de los establecimientos turísticos
Inversiones destinadas a la reducción de consumo o
sustitución de elementos contaminantes y residuos plásticos y similares- en las
instalaciones.
Inversión en dispositivos de recarga eléctrica de
automóviles en los establecimientos de alojamiento turísticos.
b) Inversiones en
infraestructuras y equipamientos orientadas a la consecución de un modelo
eco-turístico sostenible.
En el
Impulso del turismo accesible e inclusivo, mediante:
a) Actuaciones que
faciliten la accesibilidad y uso de los establecimientos turísticos, instalaciones y otros medios a través de
los cuales se presta el servicio, y que tiendan a la igualdad de todas las
personas con discapacidad física,
visual, auditiva, intelectual y orgánica de los clientes, sean cuales sean sus necesidades,
mediante la incorporación de tecnologías dirigidas a atender sus necesidades
b) inversiones en obras
o sistemas que faciliten la accesibilidad a personas con discapacidad por
encima de los requisitos establecidos como obligatorios en la legislación.
Impulso
de la Innovación empresarial a través de la
inversión en prestación de servicios de valor añadido, mediante:
a) Actuaciones que
faciliten el acceso a las aplicaciones técnicas utilizables en la industria
turística:
- programas de gamificación orientados a incrementar el conocimiento y disfrute de los recursos y productos.
- otros elementos tecnológicos encaminados a singularizar la oferta y mejorar la experiencia turística o el uso de software orientado a la mejora de la gestión empresarial turística.
b) Implantación de
sistemas interactivos de información turística, tales como: la instalación de
pantallas interactivas en los
establecimientos y puntos de acogida de los usuarios.
c) Instalación de
sistemas de apertura electrónica de accesos
y habitaciones.
d) Incorporación de
tecnologías en los establecimientos que permitan la comunicación de voz y datos
sin utilizar cables (Wifi), incluyendo todas las habitaciones, parcelas, bungalows,
apartamentos y zonas comunes. O bien: mejoras de la conectividad
inalámbrica de los establecimientos turísticos incluyendo todas las
habitaciones, parcelas, bungalows, apartamentos y zonas comunes.
e) Incorporación de
sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento.
f) Incorporación de
tecnologías que permitan la trazabilidad, monitorización y un mayor
conocimiento de la demanda turística a través del manejo y tratamiento de datos
mediante técnicas de análisis estadísticos, tecnologías NFC o soluciones de
facturación electrónica.
g) Incorporación de tecnologías que permitan mejorar la
seguridad y disfrute de actividades turísticas en entornos naturales y/o
marinos.
h) En el caso de empresas que hayan estado adheridas al
motor de reservas Travel Open Apps: Implantación de aplicaciones informáticas
que faciliten la reserva y la distribución electrónica del producto turístico,
creación de páginas web u otros productos digitales siempre que dichas
actualizaciones cumplan las siguientes condiciones:
Estén orientados a la comercialización de servicios
turísticos y su contenido esté traducido al menos a un idioma extranjero.
Impliquen renovación de la imagen de la web con imágenes de
calidad y de contenido experiencial.
Incorporen en la home o portada la marca Comunitat
Valenciana y un enlace al portal turístico.
i) Otros elementos tecnológicos que mejoren la experiencia
turística.
Costes
subvencionables: los gastos que
correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las actuaciones
propuestas, a partir de 01-01-2019.
El coste subvencionable
resultará de la suma de los importes de las partidas del proyecto que, de
acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución, puedan ser objeto de ayuda.
El IVA de la actuación
podrá formar parte del coste subvencionable, siempre que sea soportado
efectivamente por el beneficiario y no sea compensable o recuperable, se deberá
acreditar.
No resultarán subvencionables: las inversiones en
mantenimiento, la reposición o la
mera sustitución de los equipos y las instalaciones que no supongan una mejora
sustancial del rendimiento energético o una reducción del consumo de recursos,
un avance tecnológico o un incremento de la seguridad en la prestación de los
servicios turísticos.
Cuantía: será la cantidad que resulte de
aplicar un porcentaje entre el 45 % y 50 % sobre el coste subvencionable. El
importe de la subvención no superará los 40.000 euros por establecimiento.
No se contemplarán ayudas para
proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 8.000€ para
proyectos presentados por empresas de alojamiento turístico, ni inferior a
3.000 euros para los proyectos presentados por el resto de empresas turísticas
PROGRAMA 2. APOYO A ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y CULTURALES DE IMPACTO TURÍSTICO INTERNACIONAL
Objeto:
Incentivar el desarrollo de actividades deportivas y culturales en la Comunitat
Valenciana de impacto internacional y que favorezcan la generación de flujos
turísticos hacia nuestro destino, contribuyendo a la creación de producto
turístico singular y a la desestacionalización de la actividad turística.
Beneficiarios:
Federaciones, fundaciones, asociaciones y empresas organizadoras de actividades
deportivas y culturales de interés turístico que se celebren en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones
subvencionables: Cada solicitante podrá
presentar una solicitud para una única actuación, entre las que se relacionan a
continuación:
1. Campeonatos,
pruebas, concentraciones y eventos deportivos de impacto internacional que se
celebren en la CA.
2. Otros eventos
culturales de impacto internacional vinculados a las artes escénicas que se
celebren en la CA
Las ayudas irán
destinadas a financiar la promoción y la difusión de la actividad subvencionada
en mercados nacionales e internacionales, vinculando necesariamente esta con la
promoción y difusión de la oferta turística del destino Comunitat Valenciana,
así como parte de los gastos de la organización de la actuación objeto de la
subvención.
Quedan excluidas de este programa las actuaciones vinculadas al producto
turismo musical -festivales musicales y otras manifestaciones– por ser objeto
del programa 3 y 4 de esta convocatoria.
Las actividades
subvencionables son:
a) Campañas de
publicidad en medios de comunicación on y off-line.
b) La publicidad a
través de otros soportes de difusión.
c) Gastos concretos de
la organización de la actuación subvencionable.
Las actividades
subvencionables serán las que se realicen entre el 01-01-2019 y el 31-12-2019.
Costes
subvencionables: los gastos que
correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de las actividades
propuestas, a partir de 01-01-2019.
Cuantía:
cantidad que resulte de aplicar entre el 45 % y el 50 % sobre coste subvencionable.
El importe de la
subvención no superará los 40.000
euros por proyecto subvencionado.
No se contemplarán
ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros.
PROGRAMA
3. IMPULSO AL MARKETING DE PRODUCTO TURÍSTICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA
Objeto: Incentivar el desarrollo
de proyectos que contribuyan a introducir en el mercado nuevos productos
turísticos de carácter desestacionalizador y base experiencial para
diversificar la oferta, su promoción y comercialización. Estas acciones deberán
suponer una diferenciación y/o diversificación de la oferta de la Comunitat
Valenciana que favorezca la desestacionalización, sostenibilidad y vertebración
de la actividad turística
Beneficiarios: asociaciones y
empresas, que desarrollen actuaciones de promoción y comercialización de
productos turísticos de la Comunitat Valenciana.
Actuaciones
subvencionables:
Cada solicitante podrá presentar una solicitud para un único proyecto cuyas
actuaciones subvencionables podrán ser una o varias entre las que se relacionan
a continuación:
a) Campañas de
publicidad en medios de comunicación on y off line.
b) Creación de soportes
o canales de difusión multiidioma.
c) Gastos de
participación en ferias o acciones promocionales promocionales y misiones
comerciales.
d) Gastos derivados de
la contratación de asistencia técnica externa dirigida a impulsar la gestión de
la promoción y comercialización de productos turísticos de la Comunitat
Valenciana.
La actuación
subvencionable deberá tener por objeto el posicionamiento, la promoción,
distribución o comercialización de productos turísticos especializados,
segmentados y de base experiencial y serán las que se realicen entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2019.
Costes
subvencionables:
los gastos que correspondan de manera indubitada al desarrollo y ejecución de
las actuaciones propuestas, a partir de 01-01-2019.
Cuantía: será la cantidad que
resulte de aplicar un porcentaje entre el 60 % y el 70 % sobre el coste subvencionable. El importe de la subvención no superará los 15.000
euros por proyecto subvencionado.
No se contemplarán
ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 3.000 €.
Programa 4: Impulso a las actividades musicales de
impacto turístico
Objeto: Incentivar el
desarrollo de actividades musicales en la Comunitat Valenciana de impacto
turístico, contribuyendo a la creación de un producto turístico singular y a la
desestacionalización de la actividad turística a través de Meditarranew Musix /
Mediterranew Fest.
Beneficiarios: empresas
organizadoras de actividades de carácter musical de impacto turístico que se
celebren en la Comunitat Valenciana.
Actuaciones
subvencionables:
Cada solicitante podrá presentar una solicitud para una única actuación o
evento culturales de carácter musical con impacto turístico que se celebre en
la Comunitat Valenciana.
Las ayudas irán
destinadas a financiar la promoción y la difusión de la actividad subvencionada
en mercados nacionales e internacionales, vinculando necesariamente esta con la
promoción y difusión de la oferta turística del destino Comunitat Valenciana,
así como parte de los gastos de la organización de la actuación objeto de la
subvención.
Las actividades
subvencionables son:
a) Campañas de
publicidad en medios de comunicación on y off-line.
b) La publicidad a
través de otros soportes de difusión.
c) Gastos concretos de
la organización de la actuación subvencionable.
Las actividades
subvencionables serán las que se realicen entre el 01-01-2019 y el 31-12-2019.
Costes
subvencionables:
Formarán parte del coste subvencionable los gastos que correspondan de manera
indubitada al desarrollo y ejecución de las actividades propuestas, a partir de
la 01-01-19.
Cuantía:
será la cantidad que resulte de aplicar un porcentaje entre el 30 % y el 50 %
sobre el coste subvencionable.
El importe de la
subvención no superará los 75.000 euros por proyecto subvencionado.
No se contemplarán
ayudas para proyectos cuyo coste subvencionable sea inferior a 10.000 euros.
Extracto de la Resolución 21 de diciembre de
2018, del presidente de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan
las ayudas para el año 2019, dirigidas a empresas, asociaciones, federaciones y
fundaciones, destinadas a la mejora y la competitividad de los servicios y
productos turísticos de la Comunitat Valenciana. (DOCV 03-01-2019)
BDNS (identif.):
431777.
De conformidad con lo
previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios
– Empresas turísticas,
siempre que estén debidamente inscritas en el Registro de Turismo de la
Comunitat Valenciana a la fecha de presentación de la solicitud.
– Federaciones,
fundaciones, asociaciones y empresas organizadoras de actividades deportivas y
culturales de impacto turístico internacional que se celebren en la Comunitat
Valenciana.
– Asociaciones y
empresas que desarrollen actuaciones de promoción y comercialización de
productos turístico de la Comunitat Valenciana.
– Empresas
organizadoras de actividades de carácter musical de impacto turístico que se
celebren en la Comunitat Valenciana.
Segundo. Objeto
Ayudas para los
proyectos que se enmarcan en los programas que se detallan a continuación y que
figuran en el anexo I de la convocatoria:
Programa 1: Fomento de
la Competitividad Empresarial.
Programa 2: Apoyo a
Actividades Deportivas y Culturales de Impacto Turístico Internacional.
Programa 3: Impulso al Marketing de Producto Turístico de la Comunitat
Valenciana.
Programa 4: Impulso a
las Actividades Musicales de Impacto Turístico.
Tercero. Bases Reguladoras
Decreto 4/2017, de 31
de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases
reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat
Valenciana, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número
8014, del día 4 de abril de 2017.
Cuarto. Cuantía
1. El importe global
máximo destinado a las presentes ayudas asciende a 3.500.000,00 euros, cuya
asignación a cada programa es la siguiente:
Programa 1:
1.800.000,00 euros.
Programa 2: 300.000,00
euros.
Programa 3: 700.000,00
euros.
Programa 4: 700.000,00
euros.
2. La cuantía de la
subvención, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9.4 de la presente
resolución para el caso de que se produzcan empates en el orden de prelación
que se establezca, será la cantidad que resulte de aplicar sobre el coste
subvencionable, el porcentaje de subvención que corresponda según el baremo que
se establece para cada programa y que oscila entre un 30 % y un 70 %.
3. En cada uno de los
programas de la convocatoria se establece el límite máximo de ayuda por
beneficiario y el coste subvencionable mínimo para que la actuación pueda ser
objeto de subvención.
4. El importe máximo de
la ayuda global por beneficiario de los programas de esta resolución será de
100.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de
presentación de solicitudes se iniciará el 15 enero de 2019 y finalizará el día
15 de febrero de 2019 a las 23:59.59 horas (hora oficial peninsular española).
València, 21 de
diciembre de 2018.– El presidente de Turisme Comunitat Valenciana: Francesc
Colomer Sánchez.
La convocatoria a la
que hace referencia el presente extracto puede consultarse en este mismo
diario. http://www.dogv.gva.es/datos/2019/01/03/pdf/2018_12292.pdf
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