Bases: ORDEN 22/2018 (DOGC 28-11-2018) Convocatoria
2019 y extracto. Rsl 17-12-2018 (DOCV 28-12-2018).
Plazo solicitudes: Desde 21-01-2019
hasta el 04-02-2019, ambos
inclusive.
Las solicitudes, según modelo
normalizado disponible en el correspondiente trámite telemático en función
de la ayuda que se pretenda solicitar de las reguladas en esta convocatoria se presentarán, únicamente por vía
telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat,
http://sede.gva.es, accediendo a GUIA PROP «Trámites y Servicios».
Programas:
CAPITULO I. Programa de
ayudas a pymes
CAPITULO II. Programa
de ayudas a entes intermedios en
materia de comercio y artesanía
CAPITULO III. Programa
de ayudas a entidades locales en materia de comercio y artesanía
CAPITULO IV. Programa
de ayudas a entidades locales en materia de consumo
CAPITULO V. Programa de
ayudas a asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios
Objeto: subvenciones en materia
de comercio, consumo y artesanía destinadas a incrementar la competitividad, la
innovación y la calidad en estos sectores económicos y la información y defensa
de las personas consumidoras, a través del fomento de la cooperación interadministrativa,
la adaptación de infraestructuras, la
transformación digital con el impulso del comercio electrónico, la mejora
del equipamiento, la gestión, promoción, dinamización, información, formación,
estudios y prestación de servicios, tanto en las áreas urbanas consolidadas
como en entornos rurales, así como el apoyo a actuaciones de apoyo y defensa de
los consumidores. Todo ello en un marco transversal de respeto y apoyo a los
valores y derechos personales y sociales como el uso del valenciano, la
responsabilidad social, la igualdad, el asociacionismo y la cooperación,
fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la
Comunitat Valenciana.
Periodo subvencionable: se considerarán
apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2019 y hasta las
fechas siguientes, en función de la ayuda que se solicite:
a)
Actuaciones
EMPRENEM COMERÇ (art. 18.2.a) de las bases: hasta el 30-09-2019.
b) Asistencia
y Realización de certámenes o manifestaciones feriales previstas en el artículo
18.1 capítulo I, 20.3 f) del capítulo III, 22.1 del capítulo III todos ellos del
título II de las bases: hasta el 24-11-2019. Excepcionalmente podrán realizarse hasta el 15-12-2019
siempre que quede justificado por su carácter sectorial específico, o celebrarse fuera del territorio nacional.
c)
Resto
de ayudas: hasta el 31 de octubre de 2019.
Programa de ayudas a pymes
§ AVALEM ARTESANIA.
Beneficiarios:
Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como
pymes o micropymes, que no sean
agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades
civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o
patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, y que estén en posesión del documento de
calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la
Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que
acredite su condición de artesana.
Cuantía: La ayuda a conceder por solicitante será de hasta el 50% con el límite de
5.000,00 €. En el caso que la persona
artesana participe y solicite apoyo a ello, en un certamen fuera del territorio
español, ese límite será de 75.000€
Gastos susceptibles
× Participación
como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la
Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán
susceptibles de recibir apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así
como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.
× Gastos
derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de
incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
× Confección
y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del
alojamiento en la web, en su caso.
× Acciones
de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
× Asistencia
a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su
oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente
del lugar en que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo
únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad
organizadora.
§ EMPRENEM COMERÇ; AVALEM
COMERÇ y AVALEM COMERÇ RURAL
Beneficiarios: Las personas físicas
y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, que no sean agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles,
comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio
separado sin personalidad jurídica propia, y que Ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la
Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes actividades según:
– CNAE (RD
475/2007 CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726,
473, 4773, 478 y 479.
– IAE (Real
Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6,
Agrupaciones:
– Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.
– Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654
y 655.
Gastos/cuantía:
EMPRENEM COMERÇ
× Gastos: Se considerarán
apoyables los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un
establecimiento comercial con un nuevo titular o de la implantación de una
actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya
desarrollado actividad económica. El establecimiento deberá, en su caso,
abrirse al público entre el 01-02 y el 30-09 del ejercicio en que se convoque
la ayuda.
× Cuantía: por establecimiento, hasta el 50% con el límite de 10.000€, sin que en concepto de alquiler
superen los 5.000€.
Gastos subvencionables:
- Estudios de
viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro
energético y diseño del establecimiento.
- Gastos de gestoría,
notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el
inicio de la actividad en el establecimiento comercial y además, en su caso,
online.
- Gastos de alquiler de
local devengados hasta el 30-09 del ejercicio en que se convoque la ayuda.
AVALEM COMERÇ.
× Gastos: las inversiones en
equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta
online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio
electrónico. En estos casos se considerarán apoyables las aplicaciones
informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, siempre
que esté vinculada al establecimiento.
× Cuantía: La inversión aprobada
no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda será de hasta el 50 % con el
límite de 20.000 euros por solicitante, en cada establecimiento, y en un
periodo de 3 años.
AVALEM COMERÇ RURAL.
× Gastos: se considerarán
subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento
comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de
la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es
implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de
comercio electrónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los
municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunitat Valenciana. Estos
establecimientos podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad
pública o privada.
× Cuantía: La subvención podrá
alcanzar el 60 % con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.
§ AVALEM MERCATS.
Beneficiarios: Las personas físicas
y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, que no sean agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles,
comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio
separado sin personalidad jurídica propia, y que Siendo micropymes ejerzan la actividad comercial en la Comunitat
Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE.
Gastos: para la venta en mercados de venta no sedentaria si
disponen de autorización municipal para ello, podrán obtener una ayuda para la
realización de inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como
tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de
productos de alimentación, cumpliendo en este caso con la normativa vigente en
materia medioambiental.
Cuantía:
La inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de
hasta el 50 % con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5
años.
Programa ayudas a entes intermedios en materia de
comercio y artesanía
Beneficiarios /
Actuaciones/ cuantía:
1. Agrupaciones de profesionales del comercio o la
artesanía, con sede o delegación permanente en la comunidad valenciana, para la realización
de todas o alguna de las siguientes actuaciones, a las que podrá concederse una
única ayuda de hasta el 70% con el límite de 40.000€ por solicitante. Cuando el solicitante sea una organización de segundo o tercer grado de
ámbito provincial o superior y de carácter multisectorial (sin predominio
de un sector), el límite de la ayuda será de 60.000€, de los que com máx. 35.000€ corresponderán
a gastos de personal. Si beneficiaria es
también una agrupación de
profesionales del comercio o de la artesanía y solicite ayuda por los puntos
2.a y 3 siguientes, la suma de ambas subvenciones no podrá superar la cantidad
de 50.000€ en el mismo ejercicio presupuestario y deberán ser actuaciones
diferentes.
a) Contratación o mantenimiento de personal técnico
profesional dedicado a la planificación estratégica, la gestión comercial y la
promoción conjunta.
b) Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen,
promoción de productos o servicios y fidelización de las personas consumidoras
y captación de asociadas.
c) Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red, implantados
en organizaciones de segundo o tercer nivel a las que la solicitante esté
vinculada, destinados a la prestación de servicios a las empresas asociadas
d) Organización y realización de acciones formativas
específicas y sectorializadas que permitan la adaptación del personal vinculado
a las agrupaciones de comerciantes o a las empresas y profesionales asociados.
e) Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio
electrónico en las pymes asociadas incluyendo las acciones de sensibilización,
diagnóstico, asesoramiento y acompañamiento a la pyme comercial en su
transformación digital.
2. Agrupaciones de profesionales del comercio en mercados municipales, sin ánimo de lucro para si mismas, que
hayan obtenido algún tipo de reconocimiento de calidad en la gestión, emitido
por organismo público y vigente,
para los gastos generados por.
a) contrataciones o
mantenimiento de personal técnico que realice las funciones de gerencia
comercial.
-Ayuda única de hasta 70% con límite de 25.000€ por
solicitante
b) renovación del
mercado municipal mediante la introducción o mejora de equipamiento o
instalaciones que repercutan directamente en la actividad comercial.
-Ayuda de hasta el 100% con el límite de 50.000€, que podrá
alcanzar hasta los 100.000€ por mercado en plazo 3 años
3. Agrupaciones de profesionales de la artesanía, sin ánimo de
lucro, para la realización de alguna de las siguientes actuaciones. Una única
ayuda de hasta el 70% con el límite de 40.000€ por solicitante:
a) Contratación o mantenimiento de personal técnico
profesional dedicado a la planificación estratégica, la gestión y la promoción
conjunta
b) Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios
y fidelización de las personas consumidoras y captación de asociadas.
c) Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red,
implantados en organizaciones de segundo o tercer nivel a las que la
solicitante esté vinculada. destinados a la prestación de servicios a las
asociadas
d) Acciones formativas específicas y sectorializadas que
permitan la adaptación del personal vinculado a las agrupaciones profesionales de
artesanía o a las empresas asociadas.
e) Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio
electrónico en las pymes asociadas, incluyendo las acciones de sensibilización,
diagnóstico, asesoramiento y acompañamiento a la pyme artesana en su
transformación digital.
f) Asistencia y organización de ferias u otros eventos de
promoción y comercialización de productos artesanos independientemente del
lugar en que se realicen.
4. Agrupaciones
de profesionales del comercio que tengan carácter social y cuyo objetivo
principal sea la central de compras y servicios para los profesionales del
comercio integrados.
a) Estudio que defina las inversiones a realizar en la
optimización inteligente de los procesos logísticos, la reducción del impacto
medioambiental en sus centrales de compra y la creación de plataformas en línea
de comercio electrónico para pymes.
b) Inversiones definidas en el estudio citado en el párrafo
anterior. Se considerará susceptible de recibir apoyo la programación
informática y las aplicaciones ad hoc.
Cuantía: podrá alcanzar el 50 % de su coste con el límite de
40.000 €, sin superar los 60.000 en el periodo de 3 años, por solicitante. Si
la ayuda se solicita solo para el estudio, el límite será de 5.000 € en el
mismo periodo de tiempo.
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