miércoles, 23 de enero de 2019

Ayudas 2019 en materia de comercio, consumo y artesanía Comunitat Valenciana – resumen -


Bases: ORDEN 22/2018 (DOGC 28-11-2018)  Convocatoria 2019 y extracto. Rsl 17-12-2018 (DOCV 28-12-2018).

Plazo solicitudes: Desde 21-01-2019 hasta el 04-02-2019, ambos inclusive.

Las solicitudes, según modelo normalizado disponible en el correspondiente trámite telemático en función de la ayuda que se pretenda solicitar de las reguladas en esta convocatoria se presentarán, únicamente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat, http://sede.gva.es, accediendo a GUIA PROP «Trámites y Servicios».

Programas:

CAPITULO I. Programa de ayudas a pymes
CAPITULO II. Programa de ayudas a entes intermedios en materia de comercio y artesanía
CAPITULO III. Programa de ayudas a entidades locales en materia de comercio y artesanía
CAPITULO IV. Programa de ayudas a entidades locales en materia de consumo
CAPITULO V. Programa de ayudas a asociaciones y federaciones de consumidores y usuarios

Objeto: subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en estos sectores económicos y la información y defensa de las personas consumidoras, a través del fomento de la cooperación interadministrativa, la adaptación de infraestructuras, la transformación digital con el impulso del comercio electrónico, la mejora del equipamiento, la gestión, promoción, dinamización, información, formación, estudios y prestación de servicios, tanto en las áreas urbanas consolidadas como en entornos rurales, así como el apoyo a actuaciones de apoyo y defensa de los consumidores. Todo ello en un marco transversal de respeto y apoyo a los valores y derechos personales y sociales como el uso del valenciano, la responsabilidad social, la igualdad, el asociacionismo y la cooperación, fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana.

Periodo subvencionable: se considerarán apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2019 y hasta las fechas siguientes, en función de la ayuda que se solicite:

a)   Actuaciones EMPRENEM COMERÇ (art. 18.2.a) de las bases: hasta el 30-09-2019.

b) Asistencia y Realización de certámenes o manifestaciones feriales previstas en el artículo 18.1 capítulo I, 20.3 f) del capítulo III, 22.1 del capítulo III todos ellos del título II de las bases: hasta el 24-11-2019. Excepcionalmente podrán realizarse hasta el 15-12-2019 siempre que quede justificado por su carácter sectorial específico, o celebrarse fuera del territorio nacional.

c)   Resto de ayudas: hasta el 31 de octubre de 2019.

Programa de ayudas a pymes

§  AVALEM ARTESANIA.

Beneficiarios: Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, y que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

Cuantía: La ayuda a conceder por solicitante será de hasta el 50% con el límite de 5.000,00 €. En el caso que la persona artesana participe y solicite apoyo a ello, en un certamen fuera del territorio español, ese límite será de 75.000€

Gastos susceptibles
×  Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano. Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos de alquiler de espacio y stand, así como los de montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo.
×       Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
×  Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
×  Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
×   Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, según su actividad artesana, organizado por entidades formativas, independientemente del lugar en que se realicen. Se consideran susceptibles de recibir apoyo únicamente los gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora.

§  EMPRENEM COMERÇ; AVALEM COMERÇ y AVALEM COMERÇ RURAL

Beneficiarios: Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, y que Ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes actividades según:

CNAE (RD 475/2007 CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.

IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
– Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.
– Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

Gastos/cuantía:

EMPRENEM COMERÇ

×    Gastos: Se considerarán apoyables los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con un nuevo titular o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica. El establecimiento deberá, en su caso, abrirse al público entre el 01-02 y el 30-09 del ejercicio en que se convoque la ayuda.

×     Cuantía: por establecimiento, hasta el 50% con el límite de 10.000€, sin que en concepto de alquiler superen los 5.000€.

Gastos subvencionables:
- Estudios de viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.
- Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y además, en su caso, online.
- Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30-09 del ejercicio en que se convoque la ayuda.

AVALEM COMERÇ.

×     Gastos: las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. En estos casos se considerarán apoyables las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, siempre que esté vinculada al establecimiento.

×     Cuantía: La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda será de hasta el 50 % con el límite de 20.000 euros por solicitante, en cada establecimiento, y en un periodo de 3 años.

AVALEM COMERÇ RURAL.

×    Gastos: se considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, en los establecimientos ubicados, o a implantar, en los municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunitat Valenciana. Estos establecimientos podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada.

×   Cuantía: La subvención podrá alcanzar el 60 % con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.

§  AVALEM MERCATS.

Beneficiarios: Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, y que Siendo micropymes ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE.
Gastos: para la venta en mercados de venta no sedentaria si disponen de autorización municipal para ello, podrán obtener una ayuda para la realización de inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación, cumpliendo en este caso con la normativa vigente en materia medioambiental.

Cuantía: La inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de hasta el 50 % con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5 años.

Programa ayudas a entes intermedios en materia de comercio y artesanía

Beneficiarios / Actuaciones/ cuantía:

1. Agrupaciones de profesionales del comercio o la artesanía, con sede o delegación permanente en la comunidad valenciana, para la realización de todas o alguna de las siguientes actuaciones, a las que podrá concederse una única ayuda de hasta el 70% con el límite de 40.000€ por solicitante. Cuando el solicitante sea una organización de segundo o tercer grado de ámbito provincial o superior y de carácter multisectorial (sin predominio de un sector), el límite de la ayuda será de 60.000€, de los que com máx. 35.000€ corresponderán a gastos de personal. Si beneficiaria es también una  agrupación de profesionales del comercio o de la artesanía y solicite ayuda por los puntos 2.a y 3 siguientes, la suma de ambas subvenciones no podrá superar la cantidad de 50.000€ en el mismo ejercicio presupuestario y deberán ser actuaciones diferentes.

a)   Contratación o mantenimiento de personal técnico profesional dedicado a la planificación estratégica, la gestión comercial y la promoción conjunta.
b)  Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios y fidelización de las personas consumidoras y captación de asociadas.
c)   Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red, implantados en organizaciones de segundo o tercer nivel a las que la solicitante esté vinculada, destinados a la prestación de servicios a las empresas asociadas
d) Organización y realización de acciones formativas específicas y sectorializadas que permitan la adaptación del personal vinculado a las agrupaciones de comerciantes o a las empresas y profesionales asociados.
e)  Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio electrónico en las pymes asociadas incluyendo las acciones de sensibilización, diagnóstico, asesoramiento y acompañamiento a la pyme comercial en su transformación digital.

2. Agrupaciones de profesionales del comercio en mercados municipales, sin ánimo de lucro para si mismas, que hayan obtenido algún tipo de reconocimiento de calidad en la gestión, emitido por organismo público y vigente, para los gastos generados por.

a) contrataciones o mantenimiento de personal técnico que realice las funciones de gerencia comercial.
-Ayuda única de hasta 70% con límite de 25.000€ por solicitante
b) renovación del mercado municipal mediante la introducción o mejora de equipamiento o instalaciones que repercutan directamente en la actividad comercial.
-Ayuda de hasta el 100% con el límite de 50.000€, que podrá alcanzar hasta los 100.000€ por mercado en plazo 3 años

3. Agrupaciones de profesionales de la artesanía, sin ánimo de lucro, para la realización de alguna de las siguientes actuaciones. Una única ayuda de hasta el 70% con el límite de 40.000€ por solicitante:

a)   Contratación o mantenimiento de personal técnico profesional dedicado a la planificación estratégica, la gestión y la promoción conjunta
b)   Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen, promoción de productos o servicios y fidelización de las personas consumidoras y captación de asociadas.
c)   Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red, implantados en organizaciones de segundo o tercer nivel a las que la solicitante esté vinculada. destinados a la prestación de servicios a las asociadas
d) Acciones formativas específicas y sectorializadas que permitan la adaptación del personal vinculado a las agrupaciones profesionales de artesanía o a las empresas asociadas.
e)  Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio electrónico en las pymes asociadas, incluyendo las acciones de sensibilización, diagnóstico, asesoramiento y acompañamiento a la pyme artesana en su transformación digital.
f)  Asistencia y organización de ferias u otros eventos de promoción y comercialización de productos artesanos independientemente del lugar en que se realicen.

4. Agrupaciones de profesionales del comercio que tengan carácter social y cuyo objetivo principal sea la central de compras y servicios para los profesionales del comercio integrados.

a) Estudio que defina las inversiones a realizar en la optimización inteligente de los procesos logísticos, la reducción del impacto medioambiental en sus centrales de compra y la creación de plataformas en línea de comercio electrónico para pymes.
b) Inversiones definidas en el estudio citado en el párrafo anterior. Se considerará susceptible de recibir apoyo la programación informática y las aplicaciones ad hoc.
Cuantía: podrá alcanzar el 50 % de su coste con el límite de 40.000 €, sin superar los 60.000 en el periodo de 3 años, por solicitante. Si la ayuda se solicita solo para el estudio, el límite será de 5.000 € en el mismo periodo de tiempo.


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